SOCIEDAD

¡Familias, atención! No se puede cobrar por la declaración jurada del Bono Juancito Pinto

El Ministerio de Educación aclara que ningún colegio puede exigir pago por este documento esencial para acceder al Bono Juancito Pinto. Conoce los detalles y fechas importantes.

Por Franz Condori · octubre 2, 2026

El Ministerio de Educación ha emitido una advertencia para que los padres, madres y tutores no sean víctimas de cobros indebidos por la impresión de la declaración jurada, un requisito fundamental para acceder a los beneficios del Bono Juancito Pinto.

Se deja en claro que ninguna institución educativa, ya sea directores o docentes, tiene la autorización para exigir pagos por la impresión de este documento. Si en algún establecimiento escolar solicitan dinero por él, es fundamental que las familias sepan que esta práctica es ilegal.

El proceso de registro y actualización de datos de los tutores debe completarse antes del 16 de octubre de 2026. Es vital que las familias cumplan con este plazo para evitar cualquier inconveniente en el futuro al momento de acceder al beneficio.

El Bono Juancito Pinto 2026, que ofrece un apoyo económico de Bs 300 por estudiante, comenzará a ser distribuido a partir del 26 de octubre de 2026. El pago se realizará a través de entidades financieras autorizadas, Banco Unión y la billetera móvil Yasta.

Desde el Ministerio de Educación se recalca que la impresión de la declaración jurada no debe provocar ningún gasto para los padres. Se recomienda mantener todos los documentos necesarios en orden para facilitar el acceso al beneficio sin contratiempos.