ECONOMÍA

Facilidades de pago del SIN: No habrá penalizaciones por cuotas impagas de mayo a julio

El Servicio de Impuestos Nacionales ha decidido no penalizar a los contribuyentes con facilidades de pago por los meses de mayo, junio y julio de este año, en un intento por apoyar a los ciudadanos frente a las dificultades técnicas.

Por Lucía Huanca · agosto 3, 2026

La Paz, 3 de agosto de 2026. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) ha tomado una medida excepcional al decidir que las cuotas mensuales impagas de mayo, junio y julio no serán consideradas como 'observadas'. Esto es un alivio para los contribuyentes que cuentan con facilidades de pago vigentes, ya que evita que el no cumplimiento de estas obligaciones genere sanciones.

De acuerdo con un comunicado oficial, esta decisión se basa en el reconocimiento de que los trabajos técnicos de adecuación y validación de información en la Oficina Virtual Tributaria han complicado el cumplimiento de los pagos. Con esta acción, el SIN busca prevenir cualquier perjuicio a los contribuyentes que se han visto afectados por estos inconvenientes.

La normativa, específicamente la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000029, establece que las cuotas impagas de los meses mencionados deben ser saldadas en las cuotas siguientes del plan de pago. Además, aquellos contribuyentes cuyo plan de pagos finalizaba en mayo, junio o julio tendrán hasta el 31 de agosto para liquidar el saldo pendiente.

Esta normativa refuerza el compromiso del SIN de apoyar a los contribuyentes, asegurando que la modernización tecnológica se traduzca en un mejor servicio y en más facilidades para cumplir con las obligaciones tributarias.